Siglo XIX, Orden del día Junta Gubernativa, Buenos Aires, Argentina
Orden del día de la Junta Gubernativa de Buenos Aires
6 de septiembre de 1811
El uso de la fuerza es legítimo cuando lo exige el interés social, siempre inseparable de la justicia. Este es, el doble apoyo que nos ha de salvar… La justicia misma arma nuestros brazos, no para satisfacer una venganza que dicta la cólera y la pasión, sino para proteger los derechos con que nacimos, nuestra libertad, nuestra fortuna, nuestra existencia, la patria misma. Nuestra inacción sería un crimen ante los ojos de Dios y una vergüenza a los de los hombres, pues que nos haría cómplices de nuestros tiranos. Se nos trata de rebeldes, pero averígüese si nuestra situación actual es una rebelión caracterizada, o más bien una resistencia laudable contra los actos inicuos de un poder que no conoce límites. Una feliz resistencia se llama revolución pero no rebelión…
Registro Nacional, t. I, Nº241, pág. 116
Texto tomado de la Revista Digital